Las empresas dominicanas ganaron 18 meses de margen frente a la nueva ley penal. El Congreso Nacional aplazó hasta el 5 de mayo de 2028 la aplicación de las sanciones penales a personas jurídicas, que debían empezar a regir este jueves 5 de noviembre de 2026.
La medida modifica los artículos 8, 9, 10 y 11 del Código Penal (Ley 74-25), los que regulan la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La Cámara de Diputados la aprobó el martes 3 de noviembre por procedimiento de urgencia y el Senado hizo lo propio el miércoles 4, en única lectura, con 26 votos a favor y ninguno en contra.
El proyecto tuvo un ajuste en el camino. La versión del Senado fijaba el aplazamiento hasta noviembre de 2028, pero los diputados recortaron el plazo a 18 meses, lo que dejó la fecha en mayo de 2028. No se ha confirmado el porcentaje de votos con que la Cámara de Diputados respaldó el cambio.
La prórroga solo toca la responsabilidad penal de empresas, ONG y sociedades. El resto del Código Penal sigue plenamente vigente desde su entrada en vigor, el 3 de agosto de 2026. La norma, modificada por la Ley 44-26, dio a esos cuatro artículos una fecha propia de aplicación, que es la que ahora se mueve. El argumento del aplazamiento es dar tiempo a las organizaciones para adaptar sus controles internos y programas de cumplimiento.
Hay oposición. El diputado José David Báez, vocero de Fuerza del Pueblo, recordó que su bancada presentó un informe disidente sobre el Código Penal. No se ha detallado el alcance de su posición más allá de ese documento. Organizaciones como DOVA, por su parte, piden al presidente observar la modificación porque, a su juicio, otorga un blindaje temporal a la corrupción.
Ahora la decisión pasa al Poder Ejecutivo. El presidente Luis Abinader debe promulgar la modificación antes de la medianoche de este jueves para evitar que los artículos 8 a 11 entren en vigor de inmediato. Hasta el momento no se ha confirmado la promulgación ni su publicación oficial, y tampoco se conoce la postura final del Ejecutivo.
Queda una duda sin resolver: no está claro cómo se aplicarían las sanciones si la promulgación llegara después del plazo. De concretarse la firma a tiempo, las empresas no podrán ser sancionadas penalmente bajo esos artículos hasta mayo de 2028.
El hecho también fue reportado por Infobae América, Acento y Diario Libre.



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