Quien planee viajar a Estados Unidos después del 3 de noviembre tendrá que firmar, antes de abordar, un documento que certifique que no estuvo en la República Democrática del Congo (RDC) durante los 21 días previos al vuelo. Según informaciones preliminares, la exigencia fue dispuesta por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos mediante una orden emitida el 22 de octubre de 2026.
De acuerdo con esos reportes, la medida comenzará a regir a las 11:59 p.m., hora del Este, del 3 de noviembre de 2026. Alcanza a todo pasajero de un vuelo internacional con destino a Estados Unidos, sin importar su nacionalidad: ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y extranjeros. También aplica a quienes hagan escala en territorio estadounidense rumbo a otro país.
Para República Dominicana, el efecto sería directo. La orden, según el CDC, cubre cualquier vuelo internacional hacia Estados Unidos sin distinguir el punto de embarque, de modo que los pasajeros que salgan de Santo Domingo o de otras ciudades dominicanas tendrían que completar el trámite desde esa fecha. No se han divulgado medidas específicas para el país.
El requisito responde a la epidemia de ébola en la RDC, donde el CDC recomienda evitar viajes a las provincias de Ituri y Norte Kivu. Ya existían restricciones de entrada a Estados Unidos para viajeros que hubieran estado recientemente en ese país africano; la nueva disposición las complementa con una declaración firmada antes del embarque. El plazo de 21 días equivale al período máximo de incubación del ébola.
Las reglas tienen detalles que conviene conocer. Pasar por un aeropuerto congoleño cuenta como presencia en la RDC, aunque el viajero no baje del avión. Quien estuvo allí dentro de ese período no puede abordar, salvo que cuente con una exención oficial. El día de salida de la RDC se considera el día cero, y la persona puede volar a Estados Unidos a partir del día 22.
Cada pasajero debe firmar su propia declaración, aunque el formulario admite la firma de una persona autorizada. El documento puede ser físico o digital, y las aerolíneas deberán conservarlo durante 42 días.
Quedan varios puntos sin aclarar. No está claro si la orden se aplazará, pues se ha reportado que grandes aerolíneas pidieron retrasar su entrada en vigor. Tampoco se detalla cómo se tramitan las exenciones gubernamentales para quienes estuvieron en la RDC, ni existe una regla específica para menores de 18 años más allá de la posibilidad de firma por una persona autorizada. Hay además una referencia, no verificada en la página del CDC, a que la orden vencería el 18 de diciembre de 2026 salvo cambios. Y no se ha informado qué aerolíneas o rutas dominicanas resultarían afectadas ni cuántos vuelos desde el país tendrían que aplicar el requisito.
El hecho fue reportado por Acento.

