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Vehículos incautados: quién los guarda y qué se sabe

Vehículos incautados: quién los guarda y qué se sabe

Quienes han visto su carro o su motor retenido tras un allanamiento, un operativo o una investigación penal suelen toparse con la misma duda: adónde fue a parar el vehículo y qué hay que hacer para recuperarlo. Según informaciones preliminares, el marco que regula esos casos en República Dominicana es la Ley 60-23, sobre bienes incautados, decomisados y en extinción de dominio.

De acuerdo con esos reportes, el organismo encargado de custodiar y administrar los vehículos incautados es el Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (Incadibe). Es decir, una vez que el Ministerio Público ocupa un vehículo en el marco de un proceso penal, la guarda del bien pasaría a manos de esa institución y no se quedaría indefinidamente en el lugar donde fue retenido.

Los reportes atribuyen al Ministerio Público un plazo de 30 días hábiles para entregar los bienes incautados al Incadibe. Ese periodo sería clave para el propietario, porque marca el momento en que el vehículo deja de estar bajo control directo de los investigadores y pasa a un régimen de custodia administrativa.

El tema toca de cerca a miles de dominicanos. Autos, camionetas y motocicletas son bienes de uso cotidiano, y una retención prolongada puede afectar el trabajo, el transporte familiar o los pagos de financiamiento de quien no es parte del caso. De ahí el interés por saber dónde se guardan los vehículos y bajo qué condiciones.

Quedan, sin embargo, varios puntos sin aclarar. No se ha precisado el texto exacto del artículo 25 de la Ley 60-23 ni sus plazos, y tampoco hay una explicación oficial del Incadibe sobre los lugares concretos donde se resguardan los vehículos. Tampoco está claro cómo se distinguen los vehículos incautados por el Ministerio Público de los retenidos por infracciones de tránsito, como los que se llevan al Canódromo bajo la gestión de la Digesett.

Tampoco se ha detallado qué trámites debe seguir un propietario para reclamar su vehículo, ni con qué documentos debe acreditar su titularidad. Mientras no haya una guía oficial al respecto, quienes tengan un vehículo retenido deberán acudir a la fiscalía que lleva el caso o al propio Incadibe para conocer su situación particular.

El hecho fue reportado por Acento.

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